La Audiencia Provincial de Castellón dictó el 30 de noviembre de 2021 su Sentencia respecto al proyecto Castor -en la plataforma costera de Vinaroz, Alicante-, una instalación que estaba destinada a ser el mayor depósito de gas natural de España, desestimando todas las pretensiones de la acusación y eximiendo de culpabilidad a los técnicos que planificaron y dirigieron el proyecto.
Aprobado en 2008, durante el gobierno de Zapatero (siendo secretaria de Estado de Cambio Climático la hoy Ministra Teresa Ribera, responsable política de la autorización ambiental Real Decreto 855/2008 del 16 de mayo ), la obra no se terminó hasta 2012 y fue paralizada en septiembre de 2013, al ser detectada una fuerte sismicidad en la zona, cuando se iniciaron las pruebas de inyección, previas a su utilización final prevista.
La idea era excelente: Se trataba de preparar para almacenamiento de gas natural, a casi 2 km de profundidad, un antiguo yacimiento petrolífero, a 22 kilómetros de la costa de Vinaroz, conectando una plataforma marítima sobre el mismo yacimiento y una planta de operaciones terrestre en la poblaciónde Vinaroz, por un gaseoducto de 30 km. La filosofía era sencilla: si una cavidad geológica ha mantenido estanqueidad durante millones de años, su reutilización para almacenar gas aportado de otras fuentes, para ser empleado cuando se necesitara, tenía toda la lógica.
La situación creada por la alarma generada por los seísmos, provocó gran desconfianza mediática hacia el proyecto y motivó su definitivo abandono en 2017, por decisión del nuevo Ministro Alvaro Nadal, del Partido Popular. La plataforma Castor se convirtió para la opinión pública, en un fiasco técnico y generó una mastodóntica reclamación judicial, aglutinando a más de mil afectados,que se agruparon en una plataforma que exigió altas indemnizaciones.
Por su parte, la Fiscalía abrió diligencias penales por delito ambiental y los recursos naturales, con riesgo para la vida y las personas, contra las empresas ACS y Escal UGS y varios directivos y técnicos de esta última, siendo los más significados el ingeniero de minas Recaredo del Potro y el ingeniero de caminos José Luis Martínez Dalmau (su sucesor en la gerencia de esta empresa). Comenzó para éstos una pesadilla que provocó su descrédito profesional (fuera de los círculos técnicos más estrechos, que no dudaban de su alta capacidad técnica y probidad) y la angustia de tener que defenderse de la amenaza de ser privados de libertad durante años.
Recurrida la Sentencia en primera instancia, el caso llegó a la Audiencia Provincial de Castellón. Apelando a los artículos 325, 326 c) y e) y 327 del Código Penal vigente en la fecha de los hechos, la fiscalía venía solicitando que se condenara a la mercantil ESCALUGS SL a la pena de 3 años y 6 meses de multa con una cuota diaria de 150 euros y la prohibición de realizar actividades relacionadas con el subsuelo y el sistema gasista de manera definitiva; y a los acusados Recaredo del Potro Gómez y José Luis Martínez Dalmau, a cada uno de ellos, la pena de 6 años de prisión, con 26 meses de multa con una cuota diaria de 20 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio para actividades relacionadas con el subsuelo.
Se puede imaginar, a pesar de los años transcurridos, la atención que se prestó, por los reclamantes de la plataforma de afectados y los acusados de la plataforma Castor, en una vista que se prolongó durante varias semanas.
(continuará)

