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Proceso al Tribunal Supemo

3 marzo, 2019 By amarias Dejar un comentario

El macrojuicio a los ocho insurrectos involucrados en la declaración unilateral de independencia de la región catalana es también un proceso al Tribunal Supremo español.

La transmisión en directo de las actuaciones permite analizar, a legos y a expertos, hasta en sus menores detalles, los comportamientos de magistrados, de los representantes de la fiscalía y de la abogacía del Estado y, por supuesto, de los encausados y de los letrados encargados de su defensa y, no en último lugar, de los casi quinientos testigos.

Se ha alabado el buen hacer profesional y la tranquilidad de talante del presidente del Tribunal, el magistrado Marchena, al que las huestes mediáticas parecen querer preservar, por el momento, del paso de los caballos. Como en un reality show, al que la televisión nos tiene bien acostumbrados, todos los demás integrantes de esta tragicomedia a la española, están siendo escrutados con suma atención, y cada cual pretende extraer consecuencias como le parece mejor.

Está fuera de duda que la excesiva prolongación del proceso de enjuiciamiento, los claramente insólitos, por lo desmesurados, medios de prueba aceptados y la admisión ultra tolerante de declaraciones testificales, pretenden, junto con la transparencia pública, -inmediata, en tiempo real-, de los devenires procesales, tienen como objetivo demostrar que se está actuando con total rigor, seriedad y sin que se omita la presentación de cualquier medio de defensa que pudiera servir para disminuir la gravedad de los hechos y actuaciones juzgadas.

Pero, como todo en la vida, todo lo excesivo se asoma a provocar el efecto contrario. En este caso, tanta claridad, tanta luz sobre los encausados y sus juzgadores, añadida a la exposición pública de los argumentos de una selección nada despreciable de los políticos que afectan y seguramente afectarán a nuestras vidas, deja un poso amargo de cortedad, de miseria intelectual, de país de medio pelo, exponiendo nuestras partes pudendas, y haciendo que, al tiempo que se juzga, demos motivos para que se nos juzgue.

Los periódicos del día (véase El País del 3 de marzo de 2019) ya apuntan a discrepancias entre los más de setenta magistrados del Tribunal Supremo sobre el tema crucial que pende sobre la responsabilidad de los instigadores de la rebelión. Es decir, si hubo o no violencia, abundando en la precisión jurídica, semántica o vulgar de lo que se entiende por tal y, en consecuencia, sobre la naturaleza del delito principal que se juzga y sus consecuencias penales.

No quiero entrar en la polémica, porque tengo la mente ocupada en otras cosas más útiles para mi bienestar personal y el de los que aprecio.

Pero viene al pelo recordar que no es la primera vez que el Tribunal Supremo se acerca al fuego de la definición de lo que es actuar con violencia. Porque, como ejemplo, al juzgar robos con violencia, el Alto Tribunal, en Sentencias ya muy citadas, ha definido que ” si surgen o sobrevienen la violencia o la intimidación antes de (…) alcanzarse la consumación del delito de apoderamiento, la violencia y la intimidación se integran con el apoderamiento y transmutan el hurto o el robo con fuerza en robo violento.”  (STS, 9 de Marzo de 2001 ) y que “el previo concierto para llevar a término un delito de robo con violencia o intimidación que no excluya a priori todo riesgo para la vida o la integridad corporal de las personas, responsabiliza a todos los partícipes directos del robo con cuya ocasión se causa una muerte o unas lesiones, aunque sólo alguno o alguna de ellos sean ejecutores de semejantes resultados personales” ((STS 690/2009, 25 de Junio de 2009).

Espero que esa dureza profesional, esa neutralidad quisquillosa, esa impenetrable muralla a la que nos hemos enfrentado los ya viejos juristas en nuestros encuentros con esos colegas de altura que son los miembros del Tribunal Supremo, cuando, al acudir a su docto parecer en defensa de la posición de nuestros clientes, solemos volver a los despachos con el rapapolvo pedantuelo del superior conocimiento que impregna su autoridad, no flaquee al juzgar a estos presuntos delincuentes de lazo amarillo, y los trate con el mismo rasero inflexible, a ellos y a sus letrados, que a quienes fueron encontrados culpables de ser violentos por intención, al planificar un hurto que acabó en homicidio no premeditado.

Y, ya de paso, la insolencia del diputado Rufián al contestar a las preguntas de la fiscalía o de los letrados de los acusados e, incluso, para hacer bromitas destinadas a su galería con las observaciones del presidente del Tribunal, hubiera merecido la apertura de una pieza separada por desacato, burla al tribunal, que hubiera implicado, cuanto menos, una multa.

 


La pareja de cormoranes moñudos (phalacrocorax aristotelis) , en plumaje de cortejo, en el puerto de Roquetas, espera ávidamente que los pescadores, que se encuentran limpiando sus redes de los pececillos que quedaron atrapados en ellas, lancen al agua ese fácil alimento.

Tendrán que competir con algunas gaviotas sombrías y picofinas, otros cormoranes grandes (phalacrocorax carbo) y un quinteto de garzas comunes. ¡Qué espectáculo! Puedo decir que saqué decenas de fotografías, tratando de captar la pelea entre esas especies, reunidas en una ceremonia para mí insólita, pero que estoy seguro se repite todos los días.

 

 

 

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Que Melquíades Alvarez no calle

4 febrero, 2019 By amarias Dejar un comentario

Hay, en España, algunas calles Melquíades Alvarez.

La calle de Oviedo discurre oblicua a la de Uría, como prolongación de la de Independencia hasta la de Covadonga. Es, por tanto, una travesía céntrica, relativamente corta, con poca densidad comercial:su enclave más relevante es la iglesia de San Juan el Real, que levanta su silueta historicista en una plazoleta en donde se congregan ovetenses y foráneos, con la frecuencia que determinan los ritmos vitales, para celebrar bodas y entierros.

Gijón tiene una calle Melquíades Alvarez, por supuesto. Es más larga que la de Oviedo, y va desde la de la Trinidad hasta la de Ventura Alvarez. Madrid, después de décadas de olvido, aprobó en 2017, por iniciativa de Ciudadanos, sustituir la dedicada al también asturiano, el general colungués Juan Vigón, por la advocación al político gijonés.

Melquíades Alvarez no merece el silencio. Su voz, que fue inspiradora de una parte notable de la Constitución de 1978, mantiene la vigencia que proporciona la sensatez, el equilibrio, el respeto a las ideas de otro si no coinciden con las nuestras, pero están expresadas sin la vehemencia que ofusca la razón, atendiendo a la enseñanza que proporciona la Historia y el conocimiento.

Tengo el libro que recoge los Discursos parlamentarios de Melquíades Alvarez, editado en 2008 por empeño de su biznieto Manuel Alvarez-Buylla. Son 820 páginas en las que se puede recorrer, y disfrutar, aprendiendo, del itinerario ideológico y su brillante expresión dialéctica. Melquíades Alvarez fue, en su tiempo, un orador admirado y envidiado y en el anodino discurrir dialéctico de nuestros actuales Parlamentos y foros, se debe recordar como un gigante de la oratoria y de la mayéutica.

A Melquíades Alvarez lo mataron en circunstancias vergonzosas y aún no del todo aclaradas (es decir: no se aclararán nunca) al principio de la guerra incivil, en agosto de 1936, en una saca de la Cárcel Modelo de Madrid, en donde había sido confinado por el gobierno “para protegerlo”.

Podía escribir muchas cosas desde la admiración que profeso a este brillante político reformista, convencido republicano -pero respetuoso con la monarquía parlamentaria-, centrista con visión a izquierda y derecha, moderado pero no inmovilista, abogado, en fin, de gran prestigio y jurisconsulto de excepción.

Tengo anotadas múltiples citas tomadas de sus discursos y, sobre todo, he leído y leo con fruición sus alegatos, sus exposiciones y réplicas. También, la de sus opositores. Expresados con altura discursiva, emoción y fuerza expresiva, los argumentos e ideas que desarrollaban aquellos parlamentarios de principios del siglo XX, combinaban una exquisita educación con  formación técnica y amplia cultura. Encomiables.

En momentos convulsos para el país (¿cuándo no los ha habido?), en sucesivas y elocuentes intervenciones entre los años 1903 a 1936, Melquíades Alvarez no ahorró ocasiones de expresar, desde varias responsabilidades parlamentarias -bien como portavoz ocasional de la bancada minoritaria, como fundador del partido reformista, como jefe de la oposición y, ya próximos a la debacle, como Presidente de la Cámara- muy sensatas opiniones sobre los numerosos asuntos que afectaban a la vida pública.

Sus orígenes modestos, las dificultades provocadas por el nepotismo de otros, las enfermedades, los cambios de gobierno  y las tensiones nacionales e internacionales (la monarquía de Alfonso XIII, la dictadura de Primo de Rivera, la República, la primera guerra mundial), así como el pesado pesimismo institucional de la época, impregnadas del pesimismo por la pérdida de Cuba y colonias, revueltas sociales y malestar en los cuarteles, no parecían capaces de hacer mella en su empuje vitalista, intelectual y, por encima de partidismos, honesto.

Permita el lector un ejemplo de su fino talante, con notas de clara atemporalidad. Antes de intervenir en el debate sobre los “Sucesos ocurridos en Barcelona con ocasión de un banquete regionalista” (27 de noviembre de 1905), se había expresado con estas palabras: “Hace tiempo que rindo fervoroso culto al silencio, porque me he convencido que es inútil abusar de la palabra, y porque, además, en esta Cámara, que es la representación más alta del país, se desnaturalizan en fuerza de digresiones todos los debates y caen al poco tiempo en la esterilidad más absoluta.” (1)

Quiero suponer que algunos de nuestros parlamentarios actuales tienen el libro con los discursos parlamentarios de Melquíades Alvarez. Sería conveniente que lo tuvieran todos. Y, desde luego, es imprescindible que lo lean.

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(1) Los “sucesos catalanes” que propiciaron el debate de aquellos días tuvieron su origen en la publicación, en la revista satírica ¡Cu-Cut!,  de ideología próxima a la Lliga Regionalista de Cambó y Prat de la Riba, de una viñeta antimilitarista de Joan Junceda.

La Lliga había celebrado un banquete el día 25 de noviembre de 1905 para celebrar su triunfo en las elecciones municipales, y la revista publicó una caricatura obra de Junceda en la que se veían dialogando a un civil y a un militar, éste vestido de húsar: ” -¿Qué se celebra aquí que hay tanta gente?, preguntaba el uniformado; -El Banquete de la Victoria, contestaba el otro; -¿De la victoria? Ah, vaya, serán paisanos.”

En el contexto del momento, se reflejaba la crítica humorística a la pérdida de confianza de la sociedad civil en el Ejército, después de la pérdida de Cuba, Puerto Rico y Filipinas y los descalabros africanos. Como reacción impulsiva, varios militares descontentos irrumpieron en la sede de la revista, provocando graves destrozos. El hecho, que dio aún más alas a la posición separatista catalana, demostró la debilidad de la Restauración alfonsina, provocó la dimisión del jefe de gobierno Mortero Ríos y, como colofón legislativo, supuso la aprobación de la llamada Ley de Jurisdicciones, por la que todos los delitos que afectasen a la patria y al ejército pasaban a ser entendidos por la justicia militar.

La prudencia y objetividad de Melquíades Alvarez se manifestó en la discusión parlamentaria, cuando replicó a los catalanistas, republicanos como él, que utilizaron los sucesos para exacerbar sus intenciones separatistas.

Sus expresiones tienen un halo de proféticas. “El regionalismo catalán (…), como una especie de pequeña nacionalidad dentro de otra mayor, con su poder soberano y autónomo, con sus Cámaras, con leyes propias, (…) me parece incompatible en absoluto con los grandes ideales de la vida moderna, (,,,) Es un ideal mezquino de la época del desaliento (,,,) contraria a todas esas  corrientes de la moderna política mundial, que exige para su desenvolvimiento la formación de grandes núcleos orgánicos (…)”

 

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Estado judicial

18 febrero, 2017 By amarias Dejar un comentario

El 17 de febrero de 2017, la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha dado a conocer la Sentencia del llamado Caso Noos.    Se trata de un texto de gran extensión (741 páginas), ocupando el Fallo las últimas doce. La extensión y el cuidado que evidencia su redacción ponen de manifiesto que no se trataba, en absoluto, de un proceso cualquiera.

Por supuesto, no necesitamos ninguna exhibición de buenos propósitos ni alardear del funcionamiento impecable de los estamentos del estado de derecho. Pueden ahorrárselos sus defensores, en particular, ésos que, cuando una Sentencia penal les afecta a ellos o a sus correligionarios, se apresuran a decir, con la boca pequeña, que la acatan, que el poder judicial es independiente.

¿Pero qué necesidad tenemos de coronar con mentiras y medias palabras algo que surge de la propia imperfección de las decisiones humanas? ¿Porque abogamos por su eterno inmovilismo?: ni las Leyes son perfectas, ni los tipos penales están analizados con total equilibrio y completa objetividad (y no digamos, las penas que acarrean los delitos), ni todos somos iguales ante la Ley o, al menos, no lo somos ante los órganos jurisdiccionles.

No podemos serlo, por la naturaleza de las cosas. Ni todos los abogados son igual de brillantes, ni todos los jueces igual de diligentes, ni todos los demandados o encausados tienen los mismos medios económicos y de influencia, ni todas las sentencias son idénticas para los mismos hechos y datos.

Esto es lo que hay. Y, al afirmarlo así, desde el conocimiento que nos da -a todos los que ejercemos en el campo del Derecho- el actual estado de cosas, no estamos apoyando la necesidad de una revolución, sino insistiendo en la continua necesidad de reformas y la importancia de añadir mesura a los análisis. Acatamos las sentencias, -qué remedio, aunque agotando todos los trámites procesales para buscar su enmienda, cuando la advertimos injusta a nuestras pretensiones- pero no siempre las compartimos.

Voy, pues, al grano del tema de estos días. Los media se han ocupado de difundir las conclusiones de la Sentencia del caso Noos, concentrándose en las penas impuestas y, en su caso, las absoluciones a algunos imputados.

De entre todas ellas, las que afectan a Ignacio Urdangarin, casado con la infanta de España, Cristina de Borbón, y a ella misma, también imputada, han concentrado los análisis. Como en toda cuestión polémica, los comentarios se orientan, según la ideología y simpatías de lo autores, bien a criticar la supuesta benignidad de las penas -y, en particular, la absolución penal de la Infanta-, bien a poner de manifiesto que la Justicia ha actuado, independientemente de la personalidad de los acusados.

Estamos en un Estado judicializado, en el que el profundo deterioro de todos los estamentos ha derivado hacia los procesos judiciales, y, en especial, los penales, la necesidad de redención colectiva.

Los años de la dictadura y los de democracia formal subsiguientes no han eliminado la corrupción, en sus variadas formas. Puede que, incluso, la hayan hecho más refinada. Solo los muy ingenuos o ignorantes pueden sostener la creencia de que se está en los últimos años procediendo con serenidad y contundencia contra la corrupción que, desde hace décadas -me atrevería a afirmar que, siglos-, forma parte del Sistema económico.

La corrupción no se juzga en los tribunales ni se condena en ellos. Vive con el sistema, porque forma parte de la educación general, impregnándolo todo. Los pocos casos que han salido a la luz en España (como en otros países) lo han sido por denuncias de arrepentidos o por declaraciones de pececillos corruptos que, para aliviar sus penas, han acusado a sus superiores. El clan de corruptos y corruptores se cierra sobre sí mismo, protegiéndose.

En relación con el juicio Noos, puede que algunos piensen que se ha juzgado a la monarquía, y que, con este proceso, se va a debilitar a la institución. Tal vez, incluso desde una parte de la judicatura se haya visto con buenos ojos que condenar a miembros de la familia real significa avanzar en el cambio de régimen,

No pienso así (tampoco me puedo imaginar que la Monarquía salga reforzada). Necesitamos la Monarquía porque carecemos de un sustituto válido como forma cabal de Estado. La propia institución se ha encargado de ponerla en bretes evitables, probando su resistencia, de los que ha salido prácticamente indemne: los detentadores de la Corona pueden alardear de rijosidad consustancial a su naturaleza, matar elefantes y osos como sana diversión elitista, casarse con plebeyas a despecho de lo indicado por sus consejeros áulicos… Nuestras abejas reinas no tienen sustituto.

Las Monarquías que sobreviven en países democráticos se han hecho impermeables como fórmula de subsistencia. Levitan sobre lo razonable. Hay un ejemplo paradigmático: la Reina de Inglaterra. Su distancia  infinita con la realidad es la mejor defensa: cuando se manifiesta con algún signo humano, es algo parecido a haber sido testigos de una aparición espectral. Indestructible.

Aquí se sigue el ejemplo, mal que bien, porque hay que salvar la Monarquía, esto es, a todos nosotros, sus súbditos desnortados. Las sonrisas forzadas de SSMM en la inauguración de la exposición en el Museo Thyssen, el mismo día de la publicidad de las condenas a personas de su familia, obviamente, han sido ensayadas previamente en los días anteriores, pues la Sentencia tuvo que ser conocida con anterioridad. La procesión irá por dentro, pero no se la deja trascender.

Y, sin embargo, no es posible ignorar los propósitos y consecuencias de este sometimiento al escarnio popular de la divina Institución. Porque el que personas de la familia real, incluso en una dinastía empobrecida como la española, se vean imputadas, paseadas por los juzgados, analizadas sus conductas a placer por cualquier nindungui, es fruto de un intento de poner a prueba la resistencia de la Institución, pero sin afectar a la vulnerabilidad del núcleo central, poniendo sobre el tapete colectivo, que “la Justicia es igual para todos”, incluso para ese plebeyo deportista al que se le arrojó a los pies de los caballos justicieros.

Se ha producido, en efecto, la apariencia de una sacudida brutal a la esencia de la Monarquía española. ¡Miembros de la Familia, corruptos!. Es lógico que ante un ataque de tamaña envergadura, se hayan activado todos los recursos de contención del daño.

Nadie, disponiendo de su sano juicio mental, admitirá que la justicia haya actuado con total independencia (¿cómo mantener la “total independencia” con ese continuo clamor de la calle, esa tensión permanente, a ratos, insoportable?) , ni dejará de valorar que el gobierno no haya utilizado todos los medios posibles para conducir el tempo y la intensidad del proceso (“espero y deseo que la Infanta salga libre, con todos los predicamentos favorables, del proceso”) y que el propio Monarca Felipe VI, sus padres y resto de familia real (y de otras dinastías monárquicas), y sus apoyos, valedores y beneficiarios sustanciales, no hayan visto con intranquilidad y disgusto el que uno de sus miembros haya sido puesto en la picota justiciera (¿no podemos imaginar llamadas de la reina Sofía a su hijo varón, pidiendo intersección salvífica?).

Tenemos una forma de gobierno anticuada, pero que funciona. La mayoría de las monarquías europeas han dejado de existir, salvo en los libros de Historia o como reliquias depuestas, vagando a la eterna espera de tiempos mejores. Algunas han terminado de forma cruenta. Sin embargo, pasado el tiempo, nada ha cambiado en los pueblos que han visto culminado el proceso de sustitución de las Monarquías por otras formas de Gobierno. República o Monarquía, es lo de menos.

Esa enseñanza de la Historia la tenemos impresa en nuestros genes, los españoles.

Analizada someramente la Sentencia, encuentro algunos elementos para la polémica jurídica. La pena principal de Urdangarín lo ha sido porque el Tribunal le estimó como autor de un delito continuado de falsedad en documento público, además de por malversación de caudales públicos (art. 404, 390.1.2º y 4º y 432.1, con la atenuante de reparación del daño). No se cierra con ello la posibilidad de revisión, a pesar del extenso y meditado escrito de las Sras. magistradas. No me ocupo, gracias a Dios, del caso, pero entiendo que la consideración de Urdangarin como “autoridad o funcionario público” que prescribe el art. 390 abre una vía de acogida al recurso de casación, por la reducida extensión jurídica que viene siendo aplicada a estos términos.

Interesante es también el análisis de la comisión del delito de tráfico de influencias, en su tipo agravado, por el que también se condena a Urdangarin, penado según el art. 429 del Código Penal, al entender la Sentencia que  ha obtenido beneficio por la influencia derivada de la situación personal con la autoridad o funcionario público que debe tomar la decisión. Me parece que la influencia de un personaje tan encumbrado como es un miembro de la familia real, en un país en el que la Monarquía es la forma de Estado, ante quien debe tomar una decisión pública, queda manifiesta por el solo hecho de aparecer como interesado, sin necesidad de actuar positivamente como “influyente”.

En cuanto a la exoneración de culpa a la infanta Cristina de los delitos contra la haciendo pública, a mi no me sorprendió en absoluto. Pero, ¿es que nos hemos olvidado de en qué país y bajo qué orden estamos?

Y, como ya han avanzado algunos comentaristas con más intención que yo, tenemos que esperar a la revisión de la sentencia por parte del Tribunal Supremo. Como prueba a la solidez de la Monarquía, de momento, ya hemos tenido dosis suficiente.


Las urracas han ocupado grandes espacios, tanto en las ciudades como en el campo. Son agresivas, gregarias, tienen un excepcional poder de adaptación a los medios, y son prácticamente omnívoras.

En las ciudades españolas, lo normal es encontrarse, en cualquier lugar y ocasión, con estas aves, atentas siempre a hurtar un bocado, ahuyentar a otros pájaros e, incluso, a presentar batalla a animales de mayor tamaño: ni cuervos, ni rapaces se atreven con ellas, cuando se encuentran defendiendo sus nidadas, lo que hacen en grupo sin problemas.

Esta urraca, a la que fotografié en el momento de desplegar sus alas para huir, aguantó, como si me echara un pulso, un buen rato. A diferencia de la inmensa mayoría de los pajarillos (salvo algunos gorriones comunes, que andan siempre mendigando residuos en torno a los humanos), las urracas, o pegas, sostienen al máximo el momento, aparentemente inmutables, hasta que, de pronto, se lanzan en un vuelo rápido, potente, corto.

 

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Bufetes fríos o calientes a tutiplén

23 diciembre, 2016 By amarias Dejar un comentario

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Llevo ya suficientes años ejerciendo la abogacía, (por cierto, casi siempre desde el lado de la defensa), para que sienta animado para hacer un repaso personal de mi experiencia sobre algunos de los cauces tormentosos por los que se precipita actualmente esta profesión.

En el camino, me resulta imprescindible referirse a los legisladores y a los jueces, ya que -pido disculpas por ser tan obvio- la voluntad social de poner orden ante los múltiples problemas generados por la convivencia, involucra, como un triángulo virtuoso, a todas estas categorías de letrados.

Esta trinidad no es tan antigua como pudiera parecer, pues, como registró la Biblia, en el principio de los tiempos humanos, el mismo Dios asumía los papeles de legislador y juez, y le bastaban para administrar justicia. Según la sacra leyenda, el Supremo hacedor generó la primera Ley (“no comer del árbol del bien y del mal”) y la aplicó, en la doble función de juez instructor y penal (interrogando a los investigados y al único testigo, la serpiente, que había sido, en realidad, el inductor-asesor de la infracción). No tuvieron nuestros primeros padres abogado defensor que, sin duda, hubiera basado su alegato, más que en pretender demostrar la inocencia de los encausados, en poner de manifiesto las terribles deficiencias procesales.

Si me meto en este berenjenal, es porque está perfectamente detectado, para quienes nos esforzamos en ganarnos la vida (o parte de ella) como abogados, que los intereses que se ventilan en cualquier litigio, se tienen que batir, -más que en el terreno de los hechos-, en el de los impedimentos procesales.

Esta deformación tiene su miga. Para quien defiende los intereses y, en su caso, los derechos del demandado o del investigado/imputado, incluso aunque pueda tener objetivamente razones para hacerlos triunfar, la incertidumbre del resultado judicial está conduciendo los procesos hacia la mayor dilación posible. El mayor hándicap de la Justicia española es que es lenta, y no debe achacarse la razón a la torpeza, lentitud de razón o carga de trabajo de los jueces, aunque tengan todas esas causas algo que ver.  No hay porqué desviar la cuestión ni hacia la falta de experiencia vital de los jueces fuera de las salas en donde asientan sus posaderas, o a que tengan sobrecarga de legajos , o a que haya demasiados litigios porque son demasiados los abogados, y siendo mucha la competencia, y el hambre a paliar, se les hacen pronto a todos los colmillos retorcidos.

El derecho procesal se ha convertido, en razón de este (des)propósito, en un elemento vital en el que fundamentar y argumentar todos los impedimentos posibles e imaginables que dificulten, y si es posible, hasta impidan, que llegue a emitirse alguna vez sentencia, esto es, finalice el juicio en su forma jurídica prístina. Se favorece también, de refilón, por aquellos abogados que pertenecen a la cofradía del prefiero un mal arreglo que un buen juicio, que se prefiera alcanzar arreglos extraprocesales, para que no sucumba de desesperación quien tiene alegado su mejor derecho y no ve la forma de que se le otorgue justicia en este mundo.

Desentrañar los entresijos de la situación nos lleva, por una parte, a entender por qué, cuando pueden pagárselo, y especialmente en las causas penales, se recurre por  quienes tienen más crudo el defender sus posiciones,  a los llamados “prestigiosos bufetes”, en detrimento de los abogados que actúan por libre. Esos bufetes se han construido en torno a abejas reinas -una o varias- que provienen de las catacumbas del Estado, tienen prestigiosos currícula conseguidos en su vida pública, y pueden, al sacar pecho, hacer pensárselo dos veces a los jueces y magistrados que osen llevarles la contraria.

Lejos de mi intención expresar que los jueces no actúan con total independencia, aunque no me faltarían ocasiones en las que se me dieron pistas para pensar que así no ha sido. Pero lo que no entenderé jamás, si, en teoría, quienes actuamos de abogados en un proceso, hemos de limitarnos a poner en evidencia y defender los hechos, por qué nos tomamos tanto esfuerzo y dedicamos tantas páginas, en expresar los fundamentos de derecho en que basamos nuestras alegaciones, y en recordar la jurisprudencia que entendemos aplicable. Esa labor correspondería a los jueces, a tenor de la aplicación de ese bello brocardo que resumía su función y, con ello, cuando éramos estudiantes, nos parecía que resumía casi toda la magia del Derecho: da mihi factum, dabo tibi ius.

¿O habrá que modernizar el latinajo para ajustarlo a los tiempos que ahora corren?

—

La fotografía con la que acompaño mi Comentario de hoy, no es la de un pájaro (un modesto gorrión), sino la de su sombra. Bien definida, contrastada, proyectada sobre la superficie plana de una de las torres del castillo de Olite, refleja. por la posición encogida de las patas del ave, el movimiento de impulso para emprender  el vuelo. En verdad, como hacen prácticamente todos los pájaros cuando se sienten inquietos por la atención que despiertan en los humanos, no es una huida hacia delante, sino en desplazamiento lateral, antes de desaparecer del ángulo de la vista o de esconderse entre el follaje.

En esta toma, la sombra sigue obediente a la forma real, y se convierte, estando ésta parcialmente cortada, en protagonista principal. Hubiera podido recortar la foto para presentar solo la sombra, y hacerla así más efectiva para reforzar el mensaje, pero me ha parecido que sería injusto descartar totalmente la razón que la ha generado. Porque, claro, algunos de los bufetes fríos o calientes más preciados a los que me refiero en el Comentario principal, no se encuentran en los restaurantes más que por casualidad, y con representantes de otros componentes de la trinidad jurídica.

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¡Ay, Carmena!

1 abril, 2016 By amarias 1 comentario

Como en mi casa no caben ya más libros, pero las bibliotecas públicas están cada vez más surtidas, sigo leyendo mucho y rápido, pero compro pocos. Uno de los últimos es “Por qué las cosas pueden ser diferentes (Reflexiones de una jueza)” (Ed. Clave Intelectual, 2014). Autora: Manuela Carmena. El ejemplar que tengo corresponde a su 6ª Edición.

La portada es una foto de la alcaldesa actual de Madrid, de pie, con las manos sobre el manillar de una bicicleta que, si la vista y Google no me engañan, es un artefacto de la marca y subespecie Specialized Expedition Sport FR Mujer 2014, accesible por 529 euros. La magistrada-jueza lleva zapatos de tacón, lo que indicaría que no viene precisamente de un paseo por el bosque, y la instantánea está tomada, seguramente, en su casa -se ve el arranque de una escalera de caracol, y hay un cuadro de una joven Manuela, pensativa, con una mirada algo melancólica.

En la imagen más actual, la agarrada a la bicicleta, Manuela mira a la cámara desde arriba, con la inconfundible expresión del que piensa: “A ver si terminas de una vez, que tengo otras cosas que hacer”.

Me apresuro a decir que me cae bien esta señora. La defiendo siempre que ha lugar -y no faltan- porque siento que es de los míos: no hemos hecho nada de relumblón, de eso que el stablishment considera importante (yo, por lo menos, hasta ahora; ella, hasta mayo de 2015), pero lo tenemos currado, y bien curriculado. Manuela Carmena lo cuenta en su libro, con detalles que, si no se tienen puestas las gafas de entender, podrán parecer un tanto triviales, acaso, ñoños. Tal vez, presuntuosos.

Ni hablar. Su vida es una vida muy seria, consistente, coherente de principios a fines. Así me parece, y no la conocía de nada, ni la conozco más que de lo que he leído y visto, de ella y sobre ella. En parte, su vida es la de una pulpesa en sempiternos garajes. Salir viva, incluso de atentados mortales, es un milagro.

La que sería alcaldesa -la primera edición de este libro data de abril de 2014- nos cuenta, al final de sus páginas, que en 2013 constituyó la sociedad “Yayos Emprendedores S.L.” Por si me lee un marciano, yayos son los abuelos, porque la autora quería “transmitir la idea de que los abuelos, los viejos, tenemos una enorme capacidad de emprender, de idear y de inventar”. Y más adelante: “Los viejos emprendedores podemos ser como una especie de puente de todo el causal de nuestras vivencias para los que ahora están comenzando sus propias vidas personales o sociales” (pág, 285).

El libro no tiene desperdicio, y entiendo bien que lleve muchas ediciones. Es una confesión de una campaña persistente, personal, en algunos momentos, íntima, en un campo de batalla. Puede ser tenido por la labor de una mezcla de dama de la Cruz Roja con uniforme de coronela de intendencias. Lo leí con fruición, que es un antídoto estupendo contra la vulgaridad que nos rodea.

Manuela Carmena es de mi partido político. En él militan muchas gentes independientes -no pocos de entre ellos, se consideran centro, pero que no saben lo que son en realidad-,  algunos pertenecen a las derechas prudentes, no pocos vienen de la izquierda consecuente, quedan unos pocos de la izquierda irredenta.

No me importa lo que piensan, sino lo que hacen. No se ponen a discutir lo que hay que hacer, ni se pasan días perfilando puntos de coincidencia que no encuentran en los programas, no se preocupan de colocar a la familia o amigos en los lugares para los que tienen alguna mano. Tratan de agrupar, reunir, sacar lo mejor de los equipos que tienen a sus órdenes; y, aún más curioso, dan pocas órdenes; señalan las rutas con el ejemplo.

Me llamó la atención, en especial, el tratamiento que la jueza-magistrada hace de la observación de la corrupción en la Justicia. Si hay algo más antagónico, supongo, es Justicia-Corrupción.

Hace Carmena un buen análisis de las oposiciones a juez, que compartimos muchos. El esfuerzo por la memorización de temas jurídicos sin conexión con la sociedad, la dura preparación para la oposición como meta y no como salida (el retruécano es mío), la falta de experiencia en la vida real para juzgar, justamente, casos reales, etapas que jalonan un currículum tempranero que superan jóvenes de menos de 30 años para “adquirir seguridad” y que, desde entonces, se ven encumbrados al poder de decidir sobre la vida de los demás.

Pero donde lleva la cesta llena de sembrar asombros a ignorantes es cuando nos cuenta lo que descubrió en su paso por los Juzgados. La tasa PSC (Por si cuela), las ayudas a algunos funcionarios para que se pierda algún expediente, las dietas  oscuras, el reparto “aleatorio” de los asuntos. la asignación de interventores concursales por complicidad.

Es una lástima que no haya pasado por el mundo de la empresa, porque nos hubiera ilustrado, con su desparpajo -el del que está de vuelta y ha sobrevivido- sobre lo que ha tenido que suceder en las relaciones entre las administraciones públicas y los contratistas. Nos ahorraríamos así muchos ayes y manos a la cabeza.

La abuela Carmena está ahora en una nueva batalla, de la que no sé si saldrá un nuevo libro, pero de la que sí deseo que salga, no solo incólume, sino reforzada. No se cuánto lleva analizado de ese Ayuntamiento de Madrid en el que no le faltarán capítulos para llenar con anécdotas. Si tiene tiempo para invitarme a un café con pastas, yo puedo contarle algunas historias enjundiosas.

Y, por favor, que en la próxima portada, se haga fotografiar con zapatillas de deporte, chándal y bicicleta de montaña. No hace falta que sean de marca, basta con que le funcionen dos o tres marchas, que hay mucha oferta de segunda mano.

 

 

 

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El acoso en el ámbito militar

22 junio, 2015 By amarias 2 comentarios

El caso de la ex comandante Zaida Cantera, que en realidad es el caso del coronel Isidro Lezcano-Mújica, condenado a dos años y diez meses de cárcel por acoso sexual, ha abierto al público en general la cuestión, de resolución en absoluto trivial, en torno a tres asuntos que guardan una relación entre sí que tampoco es sencillo calificar: a) si debe existir un Tribunal de Justicia Militar, b) si existen delitos que solo puedan ser cometidos por militares o, excepcionalmente, por civiles en casos concretos y c) si delitos comunes -recogidos en el Código Penal general- pueden ver agravado el tipo de lo injusto cuando el sujeto o la víctima son militares y, en ciertos supuestos, cuando el lugar, el medio utilizado o el objeto afectado, pertenecen a la esfera militar.

El debate lleva abierto desde hace décadas, y es bien conocido por los especialistas que no existe una línea uniforme entre los Estados, incluso entre los considerados democráticos y, de entre ellos, los supuestamente más avanzados en el respeto a los derechos y deberes.  No voy por ello, en este breve comentario, más que a referirme -y sin profundidad- a dos características muy relevantes, en mi opinión, del caso Lezcano-Mújica.

Que un supuesto delito o falta común, suficientemente caracterizada en su tipo y agravantes, por el Código Penal español vigente, como es el acoso sexual, sea analizado por un Tribunal Jurídico Militar, es, sin duda, una anomalía conceptual y un exceso de segregación jurisdiccional. En principio, podría suponerse que el atraer un caso de justicia común al ámbito militar, para juzgar el acto hipotéticamente ilícito cometido por un superior contra una inferior, es indicativo de que se pretende juzgar con mayor benignidad -protegiendo al mando de mayor grado- la cuestión.

No ha sido, sin embargo, éste el caso. Lo afirmo, independientemente del efecto mediático conseguido por el talante personal, la fuerza expresiva y la credibilidad emocional de los argumentos, ingredientes expuestos públicamente, para consumo y análisis general, por la comandante Cantero. Me abstraigo de la escasa, y cuando la hubo, posiblemente merecedora del calificativo de deplorable, intervención por parte del Ministerio de Defensa, que solo aportó leña a la subjetividad del tema. Y lo hago, en fin, al margen de otros factores, como pueda ser la confusión popular respecto al papel de las fuerzas armadas en tiempo de paz, heredera en mala parte del comportamiento chulesco de algunos de los militares levantiscos en la postguerra, y sometida, entre militaristas y pacíficos, a esquizofrenias o maniqueísmos que precisarían urgente revisión social.

Desde la serenidad, y la comparación con otros procesos judiciales, el esfuerzo de instrucción en el caso que pretendo comentar, ha sido importante…y, sin duda, excesivo. En el ámbito civil, ese caso no hubiera alcanzado especial relevancia -seguramente, ninguna-, sepultado por centenares de otros similares, de los que -sospecho, a falta de mejores datos- la mayoría son sobreseídos o archivados sin el menor progreso procesal, por falta de pruebas y testigos.

En la jurisdicción militar, sin embargo, a la que llegan pocos asuntos de este cariz, y dado el efecto de apetitosa difusión en los medios que alcanzó, la instrucción resultó altamente pormenorizada y, además, los juzgadores se encontraron sometidos a una indudable presión, observados con lente de aumento. No solamente el tribunal, sino, y sobre todo, el acusado se convirtió en sujeto de una disección en toda regla.

Puede que, observado en esa situación incómoda, de tener que defenderse de la acusación de un inferior jerárquico -¡y mujer!-, a salvo del círculo de amigos y conocidos, que se expresarían comprensivos con su relato, el coronel no haya sido capaz de despertar la menor simpatía. Dio la imagen de un tipo más bien zafio, al que se le podrían atribuir -por sus infaustas declaraciones en el proceso- los adjetivos de prepotente, machista y petulante…

Elegido como buco emisario, macho cabrío expiatorio de la necesidad de humillar, de vez en cuando, a algún superior como redención de lo que tenemos que soportar de toda autoridad, la pieza resultó excelente. Hay que admitir, sin embargo, que su perfil no se diferencia un ápice del de tantos y tantos individuos que andan por ahí, que están a nuestro lado, tocando al disimulo muslos, rozando como si tal cosa carnes contra carnes, echando miradas con intenciones que podrían entenderse como rijosillas, y, cuando se encuentran en lo que creen auditorio adecuado, presumiendo de haberse ligado a secretarias, subordinadas, esposas ajenas y colegas, animando a los suyos a evadirse a un burdel para festejar un logro, y aprovechando cualquier ocasión para lucir sus dotes de contador de chistes e historietas -reales o inventadas- en las que el héroe es el villano, la mujer el objeto, el homosexual o el diferente, el objetivo de la chanza.

Que el caso haya sido tratado en la jurisdicción militar y por un tribunal constituido por militares (independientemente de que le corresponda la última revisión al Tribunal Supremo), ha perjudicado al encausado. Su condena es excesiva, porque se tuvo en cuenta, y de forma especial, la gravedad del prevalimiento como superior militar.

Pero, además, el que el caso se haya visto en un Tribunal jurídico militar ha perjudicado a la víctima. La comandante Cantera, cuya vocación militar es evidente, y así lo ha reconocido ella misma y su brillante historial, ha visto su carrera abortada. Y puedo sospechar que su esposo, también militar, no tendrá un camino precisamente de rositas hacia el generalato.

Un caso, por tanto, para meditar, hurgando entre todos sus matices, analizando los condicionantes, extrapolando sus consecuencias.

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Espatuxando (2)

25 octubre, 2014 By amarias Dejar un comentario

El análisis de la problemática vinculada al agua implica no perder de vista la complejidad derivada de la confluencia de factores económicos, sociales y ambientales sobre ella. Su distribución sobre la superficie terrestre es desigual, y las necesidades derivadas de la concentración de las poblaciones y, sobre todo, de los consumos agrícolas e industriales, muy diferentes según zonas.

En ese contexto, hablar de un derecho al agua genérico puede mover a graves confusiones. Los humanos necesitamos para la supervivencia apenas dos litros de agua diarios, cifra muy alejada de los 60 a 120 litros/persona y día -e incluso más- que son precisos para equilibrar el consumo de un urbanita con baño, lavadora y lavavajillas.

Pero el mayor consumidor de agua es la agricultura. Cierto que no necesita el nivel de calidad de lo que se llama “agua de boca” (esos dos litros o tres que ingerimos a diario como máximo), aunque sí es el grave causante, debido al empleo masivo de pesticidas, herbicidas y abonos, de la contaminación de acuíferos, lagos y ríos.

Aquí aparece una primera panoplia de análisis en relación con la necesidad de generar puntos no naturales de acceso al agua, captación del recurso hídrico, costes de conducción y tratamiento hasta aquellos, y las expectativas de rendimiento derivadas del uso o consumo del agua, y su canalización posterior, depuración y reutilización.

Los lugares de necesidad de agua no coinciden con los puntos de disponibilidad, ni en cantidad ni en calidad. Las poblaciones, inicialmente ubicadas donde había agua, han crecido, incluso desmesuradamente, y contaminado sus fuentes con los residuos. Algunas industrias imprescindibles para el desarrollo son grandes consumidores de agua y, además, expelen un efluente muy contaminado. Devolver el agua a un estado puro es difícil (en algunos casos, imposibles) y, caro.

El ciclo completo del agua para uso doméstico -incluida la depuración de la residual-cuesta, actualmente, entre 1,5 y 2,5 euros cada 1.000 litros. En los países desarrollados, pagar por los 30 o 40.000 litros que una persona puede necesitar al año (incluidas esas otras necesidades distintas de beber el líquido, que son las que verdaderamente hacen correr los contadores) no supone sacrificio para la gran mayoría.

Por eso, los servicios de agua en estos países pueden calcular muy bien sus ingresos: los impagados no superan el 2%, y existen, además, grandes posibilidades de combinar imaginativamente los precios que se cobran por el agua, según usuarios domésticos o industriales, o por zonas, o penalizando altos consumos, o implantando tarifas o subvenciones para determinadas situaciones familiares o económicas.

No resulta complicado, por tanto, hacer la previsión de ingresos y gastos en las empresas de gestión de agua encargadas de dar servicio a poblaciones con aceptable nivel de vida, y se puede (y debe) incluir en el precio la renovación de las infraestructuras, o las ampliaciones de canalizaciones, instalaciones de depuración, etc. que se precisen. La tentación de incluir otros elementos ajenos al coste del agua en el precio que se cobra por el servicio, es muy alta, y no son pocas las Administraciones que incorporan partidas al mismo que ayudan a compensar déficits de otros sectores.

En los países en desarrollo, los desequilibrios son notorios. El agua no llega a toda la población, no se trata adecuadamente y, en lo económico, no es extraño que solo un 40 o 60% de los usuarios domésticos paguen la factura. Es muy difícil alcanzar el equilibrio entre ingresos y gastos y la necesidad de subvencionar a amplios sectores de la población convierte la gestión en una combinación de política social y apelación a decisiones técnicas que obligan a priorizar actuaciones en relación con el coste-efectividad, que involucran la esencia misma de la colectividad y su desarrollo futuro.

Se ha puesto recientemente en evidencia que la crisis ha generado, incluso en España, “desahucios hídricos”, es decir, cortes de agua a familias que no pueden pagárselo, y que han tenido que decidir entre “comer o pagar por el agua”. Con más de un millón de familias con todos sus miembros en paro, no me atrevo a poner en duda esta cuestión, que exige un inmediato control y revisión de las actuaciones desde el punto de vista de la sensibilidad social.

No disponer de 10 o 20 euros/mes para pagar el agua revela un estado de necesidad dramático, que más que conducirme a elevar gritos en contra del desahucio hídrico, me lleva a pensar que estamos condenando al rechazo humanitario a mucha gente, y que el desequilibrio mundial avanza en varios frentes: quien se ve castigado cruelmente al corte de agua por no pagar una cantidad así, ha sufrido con anterioridad penalidades muy superiores que ponen de manifiesto la insolidaridad de nuestra sociedad.

Así es: en países en desarrollo hay quienes se están enriqueciendo aceleradamente -generando mayores desequilibrios entre muy ricos y muy pobres- y en los desarrollados se están generando nuevas bolsas de pobreza, con los mismos efectos: el problema de “la factura del agua” es solo un reflejo de la necesidad de replantear, y con urgencia, los supuestos cimientos de nuestra sociedad, retrayéndolos a la luz de la ética, la ayuda a los ocasionalmente marginados para que puedan vovler a reintegrarse y la cooperación internacional.

He propuesto, y en muchos foros, incluso cuando estaba trabajando como director de aguas para una empresa privada, que debería fijarse un margen máximo al beneficio por la gestión del agua. También he propuesto que, con mayor motivo al que sirvió de creación del embrión de la Unión Europea, la CECA, o a la política agraria común, debería crearse un fondo universal para solucionar el problema mundial del agua de boca.

Debería crearse, y de inmediato, una Unión Mundial por el Agua, en la que los países aportaran las cantidades necesarias para implantar las infraestructuras y gestión técnica cualificada para que ningún ser humano dejara de disponer de agua de boca suficiente. La cuantía ha sido puesta de manifiesto por varias entidades, incluido el Banco Mundial: entre 100.000 y 200.000 millones de dólares anuales durante los próximos diez años. El fondo podría constituirse con aportaciones equivalentes a la mitad de ese importe: menos de 10 dólares/año por habitante de un país desarrollado, que, desde luego, debería acomodarse al PIB de cada estado, y reflejarse en los presupuestos anuales, transfiriéndolos a la entidad gestora del fondo, que actuaría a modo de una Comisión Supranacional del Agua.

Distinto es el caso, incluso en los países desarrollados, de implementar un precio para el agua utilizada para regadío. Cerrar económicamente el ciclo del agua que se destina a usos industriales, puede implicar instalaciones complejas de depuración, con tratamientos químico-físicos de gran especificidad y, por tanto, altos costes que, si no existe una legislación e inspección severas, las empresas tendrán tendencia a evitar.

(seguirá)

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La seguridad jurídica y los recursos

4 diciembre, 2013 By amarias2013 1 comentario

En la magnífica revisión de la clásica película sobre el oeste americano titulada “Valor de Ley” (“True Grit” en inglés), los sagaces hermanos Coen, recogen varios tiroteos dialécticos en torno a la cuestión de la justicia, mezclando mensajes sobre la forma de alcanzarla. Por cierto, el título de la versión en el español de España, que es magnífico como reclamo publicitario, introduce su propio mensaje en el guión, tergiversándolo, pues la cuestión va más de “verdaderas agallas” que de lo que significa la Ley, incluso para tomarse la justicia por propia mano.

En una escena inolvidable, de las muchas de que dispone esa obra maestra, cuando la adolescente Mattie Ross (interpretada por Hailee Steinfeld) quiere convencer al malo Lucky Ned (al que pone su cara Barry Pepper) para que la deje marchar libre, prometiéndole que le buscará un buen abogado que le defenderá de sus delitos, el forajido le contesta: “Lo que necesito es un buen juez”.

Quienes estamos metidos en los berenjenales justicieros, apreciamos lo que es un buen juez, y hasta nos podemos arriesgar a definirlo: persona experimentada en la vida real, que conozca muy bien el Derecho, que venga del ejercicio de la abogacía (al menos, por algún tiempo), que actúe con independencia de cualquier presión y, sobre todo, que se lea los expedientes y resuelva con base en ellos, aplicando la Ley y la comprensión de los hechos y sus circunstancias.

Como estamos en un país que se mueve por profundidades misteriosas, e incluso abisales, tenemos muy pocos datos acerca de la fiabilidad de un juez. Otras veces escribí que los países anglosajones nos sacan terrible ventaja en esa necesidad de transparencia, hasta el punto de que se puede conocer la calificación que merece un juzgador, en relación con los procesos en los que ha intervenido y la sostenibilidad de sus fallos.

La seguridad jurídica depende también, y, en realidad, mucho, de las revisiones de las Sentencias que provoquen las Instancias Superiores. Si, por ejemplo, la tercera parte de las Sentencias de primera instancia civil son revocadas por las Audiencias Provinciales y, en no pocos casos, muchas han sido ejecutadas provisionalmente (gracias a las ya no tan novedosas disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento específica que lo permiten), esa hipótesis -nada alejada de la realidad- da idea del caudal de actividad deconstructora que generan los procesos judiciales.

Un buen abogado -más bien, uno experimentado- puede, desde luego, construir todo un arsenal de recursos, demandas de revisión, apelaciones, quejas, protestos, impugnaciones, etc., que prolonguen el proceso, lo compliquen, lo encarezcan y desfiguren, haciendo que los más débiles económicamente se dejen la piel en el camino, incluso aunque hayan visto cumplidas provisionalmente sus expectativas en primera instancia.

Si los órganos superiores confirmaran con abrumadora mayoría las sentencias de los inferiores, se alcanzaría más calma en el maremágnum justiciero. Pero no echemos, ni mucho menos, la culpa de ese desequilibrio a la ignorancia (aparente, todo sea con el debido respeto) o a la falta de diligencia de los jueces de menos grado. En realidad, tampoco las Sentencias de las Audiencias se libran de pescozones de los magistrados del Supremo, ni éstos se ven libres, como la historia muestra, de anulaciones por parte del Constitucional o de los Tribunales europeos.

Tal vez no sea solo cuestión de que le toque al que pleitea un buen juez (además de poder confiar en que un buen abogado defienda sus razones y enuncie los hechos que le importan). La Justicia no es totalmente ciega y, mientras no se implante la fórmula general de que cualquier estamento pueda verse analizado en su labor por el pueblo al que representa en su función, en éste, como en otros órdenes, se generarán reductos de oscurantismo, secretismo y corporativismo.

Por eso, ayudaría a la transparencia del conocimiento de los senderos reales por los que anda la justicia que, además de ofrecer en los Informes Anuales algunos porcentajes, números insuficientemente desagregados de litigios entrantes, o de las causas resueltas en cada instancia y otros datos no muy inteligibles, tuviéramos más visión de lo que hace cada portador de puñetas, y de su eficacia y solvencia como contribuyente a la seguridad jurídica del paisanaje. Porque las Sentencias son públicas y las del Supremo generan, en su caso, jurisprudencia de obligada aplicación, pero, si hubiera muchos buenos jueces, y se utilizaran las herramientas informáticas y telemáticas como es debido, ¿harían falta tanto tiempo para resolver, serían necesarios tantos papeles acumulándose en legajos, habría tantos funcionarios, abogados, procuradores, clientes, testigos, curiosos, paseando su tiempo por los Juzgados?

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Mi Diccionario desvergonzado (33): tatuaje, coartada, camino, prisa, cliente, propietario

11 julio, 2013 By amarias2013 Dejar un comentario

tatuaje: 1. Marca en la piel, realizada en lugares concretos (justo encima del coxis, parte posterior del cuello, pantorrilla) que lucen muchos jóvenes, como recuerdo de una noche inolvidable, que tratarán de borrar, normalmente sin éxito completo, cuando alcancen la madurez mental; los motivos recurrentes de estas señales son: grafismos chinos de los que alguien les dijo se pronuncian de forma lejanamente parecida a la de la persona con la que se encontraban en aquella ocasión, y con la que actualmente no tienen trato; iniciales de lemas cuyo sentido no recuerdan; corazones y flores. 2. Dibujo terrorífico de un personaje de cómic para adultos que portan en sus musculosos brazos porteros de discoteca, monitores de aerobic y algunos deportistas en retirada. 3. Terrible agresión de la piel, que puede llegar a cubrir todo su cuerpo, síntoma de enfermedad mental, que se dejan inflingir algunos marginados, para que no se alberguen dudas acerca de su desequilibrio.

coartada: 1. Excusa inventada sobre la marcha, que los sospechosos de una actividad delictiva emiten antes de consultar con su abogado. 2. Balbuceos o expresiones ininteligibles que se emiten ante la pareja actual cuando se retorna a casa muy tarde después de una cena de empresa que, como tal, no ha tenido lugar. 3. Justificación convicente mientras no se demuestre lo contrario.

camino: 1. Final de una estrecha carretera comarcal, que conduce indefectiblemente a un prado cerrado con una cancela, al que se llega guiado por la intuición, y que obliga a pasar, por segunda vez y quizá marcha atrás, ante unos cuantos curiosos lugareños sentados en la antojana de sus casas. 2. Librito controvertido, que contiene recomendaciones acerca de cómo alcanzar conjuntamente el poder y la gloria, aunque solo resulta de utilidad a unos pocos elegidos. 3. Senda de tierra aún a la espera de unas próximas elecciones para ser asfaltada.

prisa: 1. Actividad inútil, si se atiende a los resultados. 2. Nombre de uno de los grupos de selección de noticias amenazado de rápida extinción, por la facilidad que proporcionan los entornos digitales gratuitos para leer en la oficina los titulares de la información general, permitiendo concentrar la atención exclusivamentre en los acontecimientos deportivos.

cliente: 1. Ejecutivo de una empresa o departamento de la Administración pública al que no queda más remedio que invitarle a comer y dorarle la píldora. 2. Persona física o jurídica a la que se ha facturado algo, en la esperanza de que pague algún día. 3. Nombre con el que las entidades bancarias, los supermercados y los establecimientos de comida se refieren a los que esperan turno para ser atendidos, y que también se utiliza para ahorrar costes de impresión en las cartas comerciales que se dirigen a quienes figuran en base de datos de la compañía.

propietario: 1. Persona que es el titular registral de un piso en el que habita y que, en caso de tenerlo en alquiler, muestra tendencia a hablar de los inquilinos que no pagan o destrozan los muebles. 2. Dueño de una empresa pequeña, que tiene la llave de la misma, por lo que entra el primero y sale el último. 3. Circunstancia, por motivos desconocidos, difícil de detectar o probar a efectos fiscales, de algunos poseedores de grandes extensiones de terreno y fabulosas mansiones.

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Mi Diccionario desvergonzado (30): estanco, farmacia, justificación, ley, mancebo, titular

9 julio, 2013 By amarias2013 Dejar un comentario

estanco: 1.Negocio elemental que se otorgaba discrecionalmente durante el franquismo a algunas viudas de militares, para que pudieran sacar adelante a su familia, que ha causado muchas otras, de todas las profesiones, empobreciéndolas de paso, al disminuir sus ingresos. 2. Lugar en donde se expedían sellos, formularios para declaraciones de renta, cerillas y tabacos de todas clases, que en la actualidad está disponible para otros usos. 3. Dícese de un espacio que está herméticamente cerrado, del que se ha perdido la llave o la combinación para desbloquear la cerrdura.

farmacia: 1. Tienda cuyo titular es un licenciado en farmacia en la que se venden mayoritariamente dodotis, preservativos, cremas solares y vaginales y en donde un mancebo hace recomendaciones sobre el fármaco adecuado para curar todo tipo de enfermedades. 2. Establecimiento situado próximo al domicilio, señalado con una cruz, que suele estar cerrado a las horas en que se precisa adquirir una medicina de manera urgente.

justificación: 1. Papel cuadriculado, con la firma del padre o de la madre correctamente falsificada por el propio alumno, que se entregaba al maestro el día después de hacer novillos, y en donde se expresaba que “mi hijo se encontraba indispuesto”. 2. Explicación acerca de las razones por las que la economía no se recuperará, que el Gobierno considera suficiente y la oposición, una solemne tontería.

ley: 1. Disposición publicada en un Boletín Oficial, aprobada por el órgano competente para ello después de un período de discusión más o menos largo, que admite tantas interpretaciones posibles como abogados se consulte y tantas decisiones probables como jueces tengan ocasión de pronunciarse sobre su significado, hasta que un órgano supremo pone orden en el galimatías, estableciendo, por mayoría simple de sus miembros, la doctrina que será de obligado cumplimiento en lo sucesivo, período que puede durar varios lustros. 2. Colección de párrafos en lenguaje rimbombante, ordenados en artículos nominadas, en su caso, según subfijos solo utilizados en el lenguaje jurídico, complementada con una colección de Disposiciones transitorias o adicionales tan extensa como sea innecesario, que son precedidos de una Exposición de Motivos que no tiene por qué responder a otro criterio que ser reflejo de las inquietudes literarias del legislador. 3. Porcentaje que determina la proporción de material económicamente valioso en una piedra que se ha encontrado en el campo y se lleva a analizar a un Laboratorio homologado, y cuyo resultado, sistemáticamente, resulta decepcionante. 4. En la selva de las relaciones humanas, principio aberrante que defiende o tolera que los insolidarios se fortalezcan pisoteando los derechos de los pacíficos.

mancebo: 1. Joven avispado, provisto de bata blanca para no ensuciar el único traje que posee, que se hace pasar por el farmacéutico. 2. Mozo sin otro oficio conocido que cortejar a las mujeres mayores que él, ofreciéndole servicio completo de compañía.

titular: 1. Componente extranjero de la alineación de un equipo de fútbol, por el que se ha pagado tanto por su traspaso que se considera indiscutible su presencia en el campo, durante el tiempo que aguante su decreciente preparación física, a la espera de que algún otro equipo pague, al menos, parte de lo que costó. 2. Conjunto de palabras que pretenden animar a que se lea el contenido de un artículo o comentario, lo que no solo no se logrará, sino que provocará que la imaginación del lector nonato fantasee con su contenido, atribuyendo al autor lo que no está escrito.

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