El Ministerio de Economía y Competitividad, que dirige Luis de Guindos, está convencido de que la mejora de la competitividad de España pasa por una nueva regulación (en realidad, desregulación) de ciertas profesiones y de los Colegios profesionales que las agrupan actualmente.
En una presentación en power-point de fecha 20 de diciembre de 2012 titulada “Anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales” resume en 21 viñetas las ideas que pretende imponer a estos colectivos. El propio documento destaca las que se verán “más afectadas”: ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos, abogados y procuradores y farmacéuticos.
Para arquitectos y arquitectos técnicos, se eliminará la reserva de exclusividad para las actividades de edificación. Los edificios podrán ser proyectados también por ingenieros. Y para su ejecución, independientemente de quién lo haya proyectado, serán competentes tanto ingenieros como arquitectos (con o sin el calificativo de técnicos).
Para ingenieros, la intención es eliminar las restricciones horizontales entre estos profesionales (con otras palabras, que sean competentes para realizar proyectos independientemente de su titulación específica), se desea mantener dos categorías entre ellos, con específicas reservas de actividad para cada una. Las excepciones deberán ser estudiadas por sendos grupos de trabajo en el corto período de dos meses y presentadas para su aprobación al Ministerio. También se prevé la creación de “pasarelas” para que los ingenieros técnicos puedan asumir competencias de los ingenieros.
Tanto para ingenieros como para arquitectos, la colegiación solo será obligatoria para aquellos que pretendan firmar proyectos.
Para farmacéuticos, se suprime la exigencia de que el propietario o titular de la farmacia sea un profesional de esta carrera, aunque no para asumir la dirección de la misma, en la que será obligatorio contar con un farmacéútico.
Finalmente, y atendiendo solo a la letra gruesa de la reforma, se suprime la incompatibilidad entre el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador, y no se exigirá a los abogados la colegiación como procuradores para representar a sus clientes en juicio.